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Norma de Argentina

LEYES Y/O DECRETOS

Decreto No. 02657/1991
(B.Oficial: 31-12-1991)

N.C.E. - Sistema Armonizado - Reemplaza NADI y NADE   Descargue el PDF
N.C.E. - Sistema Armonizado - Reemplaza NADI y NADE

N.C.E. - Sistema Armonizado - Reemplaza NADI y NADE

Decreto Nº 2657/91
Buenos Aires, 19 de Diciembre de 1991.-
VISTO  el   expediente  Nº   10.366/91  del  Registro  de  la  ex-
Subsecretaria de Finanzas Públicas y su agregado Nº 10.843, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las citadas actuaciones el Grupo de Trabajo por la
Resolución Nº  88, de  fecha 5  de  Agosto  de  1991,  de  la  ex-
Subsecretaría de  Finanzas Públicas,  de acuerdo  con lo dispuesto
por dicha  resolución, ha  procedido  a  la  transposición  de  la
Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación (NADI) sobre el
Sistema Armonizado  de Designación y Codificación de mercancías en
el marco  de la elaboración de una nomenclatura única, aplicable a
la exportación cuanto a la importación.
Que mediante la resolución mencionada en el Considerando anterior,
se instrumentó  un  proyecto  de  trabajo  -diseñado  por  la  ex-
Subsecretaría de Finanzas Públicas y aprobado por el Ministerio de
Economía y  Obras y  Servicios  Públicos-  que  se  refería  a  la
elaboración de  una nomenclatura  Ãºnica para  el comercio exterior
basada en el Sistema Armonizado.
Que  dicho   proyecto  de   trabajo  consistía,   además,  en   la
conformación  de   un  equipo   -que  luego   se  integraría   con
funcionarios de  la ex-Subsecretaría  de Finanzas Públicas y de la
Administración Nacional  de Aduanas-  para que,  de acuerdo con la
perentoria  necesidad   de  finalizar  la  tarea  encomendada  con
anterioridad  al  30  de  Noviembre  de  1991  en  virtud  de  los
compromisos asumidos  por la  Nación en  los ámbitos  del  Mercado
Común del  Sur (MERCOSUR)  y de  la Asociación  Latinoamericana de
Integración (ALADI), realizase tal tarea en plazos  extremadamente
breves.
Que, asimismo,  se ha contado con la colaboración de la Secretaría
de  Industria  y  Comercio  para  la  revisación  de  los  niveles
arancelarios y promocionales.
Que,  en   consecuencia,  corresponde   adoptar  la   nomenclatura
elaborada por el referido Grupo de Trabajo.
Que el  presente  Decreto  se  dicta  en  uso  de  las  facultades
conferidas por  los artículos  11, apartado  2, y  12  del  Código
Aduanero.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ART. 1º.-   Sustitúyese la   Nomenclatura Arancelaria  y  Derechos
de Exportación  (NADE) y la Nomenclatura Arancelaria y Derechos de
Importación (NADI)  por  la  Nomenclatura  basada  en  el  Sistema
Armonizado de  Designación y Codificación de mercancías que figura
en el  Anexo al  presente Decreto y que forma parte integrante del
mismo.
ART.  2º.-   La  Nomenclatura   anexa  al   presente  Decreto   se
denominará "Nomenclatura del Comercio Exterior (N.C.E.)".
ART. 3º.-   El presente   Decreto comenzará a  regir a partir  del
1º de Enero de 1992.
ART. 4º.- De forma.