Consejo del Mercado Común
PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR
MERCOSUR/CMC/DEC. N° 03/15
PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 45/04, 18/05 y 01/10 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el CMC, mediante las Decisiones Nº 45/04 y 18/05, aprobó la creación y definió los parámetros para el funcionamiento del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
Que el Artículo 80 del Anexo de la Decisión CMC Nº 01/10 prevé la posibilidad de la prórroga del Reglamento del FOCEM por el plazo que el CMC considere conveniente.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Prorrogar la vigencia del "Reglamento del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR", que consta como Anexo a la Decisión CMC Nº 01/10, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Art. 2 - Instruir al GMC a analizar y elaborar, antes de su primera Reunión Ordinaria del segundo semestre de 2015, una propuesta sobre los aspectos del Reglamento del FOCEM que deberán ser adaptados para la conclusión de los proyectos presentados en el ámbito de la Decisión CMC Nº 18/05.
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
CMC (Dec. N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 22/VI/15.
MERCOSUR/CMC/DEC. N° 03/15
PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 45/04, 18/05 y 01/10 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el CMC, mediante las Decisiones Nº 45/04 y 18/05, aprobó la creación y definió los parámetros para el funcionamiento del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).
Que el Artículo 80 del Anexo de la Decisión CMC Nº 01/10 prevé la posibilidad de la prórroga del Reglamento del FOCEM por el plazo que el CMC considere conveniente.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Prorrogar la vigencia del "Reglamento del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR", que consta como Anexo a la Decisión CMC Nº 01/10, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Art. 2 - Instruir al GMC a analizar y elaborar, antes de su primera Reunión Ordinaria del segundo semestre de 2015, una propuesta sobre los aspectos del Reglamento del FOCEM que deberán ser adaptados para la conclusión de los proyectos presentados en el ámbito de la Decisión CMC Nº 18/05.
Art. 3 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
CMC (Dec. N° 20/02, Art. 6) - Montevideo, 22/VI/15.