DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución General 4923/2021
RESOG-2021-4923-E-AFIP-AFIP
Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación Nros. 7/21 al 12/21.
Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2021
VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-0012147- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-21655-2016, 13289-526-2017, 19144-1079-2020, 19144-5793- 2019, 19144-7739-2019 y 19144-18466-2019 se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.
Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 7/21 al 12/21.
Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº 1.618.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera.
Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo IF-2021-00078036-AFIP-DICEOA#DGADUA que se aprueba y forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese. Silvia Brunilda Traverso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar
ANEXO (Artículo 1°)
POSICIÓN ARANCELARIA NCM | DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA | CRITERIO DE CLASIFICA- CIÓN N° | EXPEDIENTE / ACTUACIÓN SIGEA N° |
7610.90.90 | Manufactura compuesta, constituida por una estructura plegable, de aluminio, sobre la que se montan paneles fenólicos multilaminados, conformando una plataforma de los tipos utilizados como escenario, presentada en un continente cerrado con ruedas para su desplazamiento. | 07/21 | 13289-21655-2016 |
8528.59.10 | Pantalla ("display") de cristal líquido, monocromática, de (66 x 16) mm de área visible, que permite visualizar la información recibida en dos líneas de 16 caracteres alfanuméricos, de (2,95 x 5,55) mm de tamaño de caracter, montada sobre circuito impreso provisto de componentes electrónicos capaces de polarizar las distintas celdas elementales de cristal líquido (segmentos) de la pantalla para lograr la correspondiente visualización. | 08/21 | 13289-526-2017 |
7322.19.00 | Radiadores para calefacción central, bimetálicos, con superficie exterior de aluminio y núcleo de acero, presentando por elemento, en peso, 55,3 % de acero y 44,7 % de aluminio. | 09/21 | 19144-1079-2020 |
8543.70.99 | Consola mezcladora de audio, que incorpora dos preamplificadores de señales provenientes de micrófonos, dispositivo de grabación/reproducción y controladores de ganancia, de volumen de salida para auriculares y de nivel de salida principal de audio, provista de comandos para el control de la mezcladora y de dos conectores de entrada combinados para micrófonos/instrumentos musicales, en el panel frontal, y de un conector para auriculares, dos salidas principales de audio para conexión a altavoces (altoparlantes), puerto de comunicaciones USB para su vinculación a una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos y conectores MIDI de entrada y salida para conexión de un instrumento musical, en el panel posterior. | 10/21 | 19144-5793-2019 |
8708.99.90 | Amortiguador para cabina de camión, con dispositivos de fijación en sus extremos, tales como: ojales con bujes, espigas, anclajes especiales, entre otros; diseñado para ser montado entre la cabina y el chasis con el fin de regular los movimientos alternativos entre ambos. | 11/21 | 19144-7739-2019 |
8517.62.72 | Conjunto de auriculares combinados con micrófono, inalámbrico, aptos para vincularse mediante conexiónBluetooth a aparatos de telefonía celular a una distanciainferior o igual a 12 m, provistos de sensor de fuerza, quemediante la detección de la cantidad de veces que elusuario lo presiona, permite activar las funciones básicas de un dispositivo reproductor de audio (reproducción,pausa, avance, retroceso) e incluso atender una llamadatelefónica, presentado conjuntamente con su estuche, que oficia, además, de cargador de sus acumuladores eléctricos y con un conductor eléctrico para conexión de este cargador a la red de alimentación eléctrica. | 12/21 | 19144-18466-2019 |