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Líneas de producción usadas: las autorizaciones se incorporan a VUCEA

Publicado el 3 de septiembre de 2026

ARCA incorpora a VUCEA las resoluciones aprobatorias y las CET vinculadas al Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas

Introducción

La Resolución General ARCA 5892/2026 incorpora al Régimen Nacional VUCEA la resolución aprobatoria y la Constancia de Expediente en Trámite (CET) de las autorizaciones de importación de bienes integrantes del Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas. La norma fue publicada el 31 de agosto de 2026 y entra en vigencia a los diez días hábiles.

Qué hay que tener en cuenta

Aspecto

Punto clave para la operatoria

Documentos alcanzados

Resolución aprobatoria y CET de las autorizaciones de importación de líneas de producción usadas.

Canal operativo

Su declaración se instrumentará mediante VUCEA, con validación en el SIM conforme a las pautas y al Manual de Usuario Externo.

Autorizaciones anteriores

Las emitidas antes de la fecha de vigencia del nuevo procedimiento y que sigan vigentes al declararse en el SIM quedan excluidas.

Recomendación

Confirmar, antes de oficializar, la vigencia del instrumento y el circuito aplicable a la operación.

Texto normativo

ARTÍCULO 1°.- Incorporar al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) la resolución aprobatoria y la Constancia de Expediente en Trámite (CET), de las autorizaciones de importación de bienes integrantes del Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas, en los términos del artículo 12 del Decreto N° 1.174 del 15 de noviembre de 2016 y su modificatorio, y del artículo 20 del Decreto N° 483 del 22 de junio de 2026.ARTÍCULO 2°.- Las pautas procedimentales para la declaración de las autorizaciones de importación de bienes integrantes del Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas, se consignan en el Anexo (IF-2026-02676672-ARCA-SGDADVCOAD#SDGINS) que se aprueba y forma parte de la presente. Asimismo, deberán observarse las pautas contenidas en el “Manual de Usuario Externo” que estará disponible en el micrositio “VUCE - Ventanilla Única de Comercio Exterior” del sitio web de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero (https://www.arca.gob.ar ).ARTÍCULO 3°.- Facultar a la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones y a la Dirección General de Aduanas, a dictar las normas complementarias necesarias para la implementación de la presente, en el ámbito de sus respectivas competencias.ARTÍCULO 4°.- Esta resolución general entrará en vigencia a los DIEZ (10) días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Las autorizaciones de importación de bienes integrantes del Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas, emitidas con anterioridad a la fecha señalada en el párrafo precedente y que se encuentren vigentes al momento de su declaración en el Sistema Informático MALVINA (SIM), quedarán excluidas del presente procedimiento.ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.

Conclusión

La novedad consolida la digitalización documental del régimen. Para evitar observaciones, es importante identificar desde el inicio si la autorización o CET debe cursarse por el nuevo circuito VUCEA y verificar los datos declarados en la destinación.

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